Por
mecanismo de colaboración y retroalimentación entendemos un espacio de
participación ciudadana generado entre las organizaciones civiles y el CPC
dentro del marco del proyecto a favor del diálogo, la deliberación y el
consenso sobre posibles acciones a favor del combate a la corrupción. El
mecanismo busca dar voz y presencia a aquellos sectores vulnerables de la
sociedad, en especial mujeres, jóvenes, niños e indígenas.
Se trata
de un espacio donde diversas organizaciones civiles, redes temáticas,
colectivos, actores especialistas y ciudadanía interesada, se encuentren y
deliberen junto con los integrantes del CPC con el objeto de fortalecer el
quehacer de los CPC y la co-construcción de mecanismos y prácticas que
favorezcan el combate a la corrupción.
Sus objetivos son:
- Generar de manera colectiva iniciativas que constituyan una agenda ciudadana anticorrupción. Estos planteamientos serán ampliamente difundidos en redes sociales y canales de comunicación a fin de ser conocidos entre los más diversos sectores de la sociedad.
- Generar foros y espacios ciudadanos anticorrupción para dar a conocer la agenda y los planteamientos ciudadanos y establecer canales de comunicación abiertos entre los diversos actores involucrados en la lucha contra la corrupción que faciliten la colaboración y la realización de acciones conjuntas.
- Articular los mecanismos de participación ciudadana institucionalizados así como las iniciativas de la sociedad civil de vigilancia sobre el quehacer gubernamental en el ámbito local.
- Alimentar una plataforma operada por Arkemetría/Locallis donde se coloquen las acciones, inquietudes y propuestas de la sociedad civil que se sume a este proyecto.
- Conocer y utilizar herramientas y metodologías que sirvan a los CPC y a los actores de la sociedad civil para acotar los márgenes de prácticas de corrupción.
*Por
sociedad civil entendemos actores no gubernamentales que pueden ser
integrantes de OSC de salud, género, ambientalistas; con expertis, o no, en materia anticorrupción;
integrantes ciudadanos de consejos y comités de participación ciudadana a
escala estatal y municipal (p.e. seguridad pública; transparencia, desarrollo
urbano; ecología); contralores ciudadanos; observatorios ciudadanos;
universidades, centros académicos, líderes de opinión; periodistas).
Principios de participación
ciudadana
Para el
diseño del mecanismo, se retomarán los principios de participación ciudadana:
- Representatividad: se deberá
procurar la participación de todos los grupos y sectores sociales
afectados / interesados en la política local anticorrupción, mediante
procedimientos de selección de representantes imparciales y transparentes,
reglas de rotación, canales de interacción con sus representados, y
mecanismos de rendición de cuentas.
- Inclusión: se deberá procurar
la participación de personas pertenecientes a grupos en condición de
vulnerabilidad, incorporando medidas razonables como cuotas de espacios,
subsidios a viáticos, traductores, intérpretes, que reduzcan las barreras
o brechas para su involucramiento en el proceso.
- Horizontalidad: la
organización interna del mecanismo deberá garantizar la igualdad de
oportunidades y derechos de participación a todas las personas; en caso de
considerar figuras de coordinación, se deberán elegir por los propios
participantes, y deberán ser rotativas.
- Corresponsabilidad: se
deberán definir con claridad las reglas de participación que las personas
tienen que cumplir para garantizar condiciones de respeto, libertad de
expresión, que abonen a la deliberación de los asuntos abordados así como
al logro de los objetivos del mecanismo.
- Autonomía: el mecanismo
estará integrado mayoritariamente por actores de la sociedad civil; para
participar en el mecanismo se llevarán a cabo convocatorias públicas; los
participantes elaborarán su propio reglamento, agenda y plan de trabajo;
los participantes decidirán los criterios y el procedimiento de remoción
de integrantes, en caso de incumplimiento de las reglas de participación.
- Transparencia: se
implementarán medidas que garanticen la generación y difusión de
información relevantes sobre la integración y funcionamiento del
mecanismo.
- Rendición de cuentas: se
establecerán canales para la información y retroalimentación sobre el
desempeño del mecanismo por parte de actores de la sociedad civil externos
y público en general.
El
mecanismo deberá apostar a ser un espacio permanente, entre sociedad civil y
CPC para consensuar propuestas y acciones a favor del combate a la corrupción.
Un propósito será institucionalizar estos espacios más allá del proyecto. Dicho
mecanismo contará con reglas básicas para lograr la toma de decisiones
colectiva. El mecanismo apuesta a la colaboración conjunta entre la sociedad
civil y el CPC.
Reglas básicas para operar el
mecanismo
- Regirse bajo los principios
de diálogo y respeto entre el CPC y las organizaciones sociales
participantes: favorecer el intercambio de experiencias y la asistencia
recíproca entre instancias, asegurar el cumplimiento de los fines y
establecer coordinación y comunicación entre los dos con el fin de generar
la capacidad operativa para reunir y transmitir la información e insumos.
- Arkemetría Social-Locallis
serán los promotores y articuladores del mecanismo en cada entidad, de tal
forma que este pueda avanzar en sus objetivos. En su momento AKM y
Locallis, por acuerdo colectivo entre los participantes del mecanismo,
podrán exponer las inquietudes y propuestas de las OSC y actores
participantes. Pero este sentido de vocería podrá ser rotativo para que
los actores aliados se integren de forma más dinámica al proyecto.
- El mecanismo no es un espacio
de la administración pública, ni será dependiente del CPC. Ni tampoco
pertenece a AKM/Locallis, ni a ninguno de sus integrantes. Tendrá un
sentido colectivo como elemento innovador.
- No tendrá una estructura
jerarquizada, es decir, no tendrá presidente, secretario, etcétera, esto
con el fin de no “asignar” cargos que muchas veces obstaculizada la
esencia del trabajo. La idea central es estar trabajando y
colaborando entre pares.
- Funcionará bajo los
principios de gobierno abierto aplicados al ámbito público donde
interviene sociedad civil: transparencia, participación ciudadana y
rendición de cuentas social.
Marco legal
Para el
proyecto es importante retomar el marco legal. Por ejemplo, tomando como base
lo establecido en la Ley del Sistema Anticorrupción del estado de México,
en su artículo 15, donde se señala que el Comité de Participación Ciudadana
(CPC), tiene como objetivo ser la instancia de vinculación con las
organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del Sistema
Estatal Anticorrupción.
Asimismo
en su Artículo 21 (fracción XI) señala que el Comité de Participación Ciudadana
tendrá entre sus atribuciones el proponer mecanismos de articulación entre
organizaciones de la sociedad civil, la academia y grupos ciudadanos.
Y
finalmente en ese mismo artículo 21 (fracción XVIII) se señala que el CPC puede
proponer al Comité Coordinador, mecanismos para facilitar el funcionamiento de
las instancias de contraloría social existentes, así como para recibir
directamente información generada por esas instancias y formas de participación
ciudadana.
Sobre
esa base se puede proponer la creación de un mecanismo de colaboración entre
actores de la sociedad civil y el CPC.