El enfoque de derechos humanos se basa en el reconocimiento de un conjunto de prerrogativas inherentes a los seres humanos independientemente de su condición de género, etnia, religión, edad, escolaridad o nación, que les permiten su realización, en tanto se garantiza la libertad y dignidad de las personas. Estos derechos son universales, interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
El enfoque de derechos humanos implica el reconocimiento de los titulares de los derechos (personas) y los titulares de deberes (Estados-países). Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos.
En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.
ACNUDH
De esta manera, el Proyecto se enfoca en el reconocimiento y garantía de los siguientes derechos humanos: